En Ecuador, prosigue el debate respecto al sistema de Remuneración Compensatoria por Copia Privada, también conocido como cobro por canon digital. Esto surge a partir de una normativa propuesta por el Instituto Ecuatoriano de Propiedad Intelectual (IEPI) que impondría una tasa adicional del 4% al 10% a la importación de todo aparato reproductor de música y video, como celulares, laptops y tabletas, así como dispositivos de soporte (CD, DVD, etc).
La norma aún no ha sido implementada y en el interín diversos colectivos de la sociedad civil, como Usuarios Digitales, han lanzado una campaña contra la aplicación del canon digital en Ecuador. Así pues, bajo la común etiqueta de #EcuadorNoEsCopión se han creado usuarios en Twitter y Facebook para difundir el mensaje contra el canon digital.
En el marco de esta campaña se realizó recientemente una Mesa de Trabajo entre el IEPI y la sociedad civil, a pedido de esta última, sobre «la Ley de Propiedad Intelectual, sobre qué equipos y soportes se gravarían y cómo se incluiría en el reglamento, de su aplicación otros países, de la participación de ENRUCOPI y cobros realizados, entre otros».
Algunos de los argumentos y propuestas específicos planteados por la sociedad civil fueron:
- El cobro de una remuneración por la compensación de una hipotética copia privada en algún futuro, va contra la presunción de inocencia.
- Este tipo de obstáculos va contra las propuestas del actual gobierno como la masificación del acceso a internet (Mintel), el libre acceso al conocimiento (Senescyt) y el cambio de Matriz Productiva (Vicepresidencia).
- Se solicita se hagan públicos los estudios en los cuales se fundamenta el uso de dispositivos y soportes para copias privadas en Ecuador, el fundamento de los porcentajes (4% y 10%) que se quiere cobrar como porcentaje adecuado para el incentivo de la industria artítica ecuatoriana, entre otros.
- Se propone llevar a consulta del artículo de esta Ley a la Comisión correspondiente de la Asamblea Nacional o a Corte Constitucional.
- Se propone que el Reglamento se pueda recoger observaciones ciudadanas, a través de una Wiki, como se ha hecho con el Cód. de la Economía Social del Conocimiento.
A lo que la institución gubernamental respondió:
- La Ley se hace en base a la presunción de que los ciudadanos realizan acceso a contenido dentro de la legalidad, no en base a la presunción de que los ciudadanos cometen un delito.
- Se presume que todo acceso a contenido se realiza de manera legal, por lo que se hará en todo dispositivo una copia privada de ese material legal, copia que debe ser compensada.
- La remuneración compensatoria se la está incluyendo también al Cód. de la Economía Social del Conocimiento.
- No existe aún borrador del Reglamento ni items específicos en los cuales se aplicará, pero se especificó que se incluirán en un anexo.
- Apoyan se haga uso de la participación ciudadana de conversar con miembros de su Consejo para hacer lobby y presentar argumentos para la no aplicación de la Remuneración Compensatoria.
- Las consultas sobre alcances del art, de la Ley PI, deben partir de la sociedad civil. Es decir, que presenten propuestas a los entes rectores.
- Consultarán sobre llevar borrador de Reglamento a wiki para colaboración en línea.
Alfredo Velazco, de la asociación civil Usuarios Digitales, y uno de los participantes de la Mesa de trabajo mencionada, opinó a pedido de Global Voices sobre los resultados:
Creo que el principal resultado es que, después de múltiples pedidos desde la sociedad civil, se haya invitado al diálogo para escuchar a quienes finalmente pagaremos el canon digital. Ahora lo importante es que las políticas públicas plasmen no sólo las opiniones de los beneficiarios, sino de todos los actores que son impactados.
Por otra parte, miembros de #EcuadorNoEsCopión, inspirada por las campañas de la sociedad civil española contra el canon digital, conversaron con Enrique Dans, uno de los impulsores de esas campañas. Entre otras cosas, preguntado sobre qué experiencias de España relacionadas con la lucha contra el Canon digital podrían ser útiles al Ecuador, Dans mencionó:
El canon logró cosas como, por ejemplo, hundir a toda la industria local de fabricación de CDs y DVDs, y hacer menos competitivas las compras de tecnología contribuyendo así al retraso tecnológico de nuestro país con relación a su entorno. Lo único que se puede aprender, aparte de fundamentos jurídicos que pueden llegar a ser muy útiles tras su necesaria transposición a la legislación local, es que el activismo es la única respuesta, y que este tiene que ser constante y persistente.
Desde Loja, en su blog bitácora de calú, Carlos Correa postea una historia, a medias real a medias ficticia, sobre los hieleros del Chimborazo para ejemplificar un proteccionismo mal entendido, y luego pasa a responder algunos de los argumentos que usualmente se dan a favor del canon.
- “No te quejes, apenas son unos centavos”. Aquí hay dos falacias: a) no se trata del monto sino del concepto, imagina que ingresas a un mercado de alimentos, el guardia mete su mano en tu bolsillo, te quita cinco centavos y te dice: “presumo que usted va a robar así que estos cinco centavos es un fondo para compensar ese supuesto, ahora si pase, vaya a comprar (y no robe mucho), aquí somos tolerantes”, te apuesto que no te vas a sentir nada bien; y b) suma todo el canon recaudado durante un año de todos los soportes susceptibles de grabación que se importan o se fabrican en el Ecuador, de seguro no son “apenas unos centavos”.
Como mencionó un medio ecuatoriano: La compensación no es popular en la Red, pero de ahí a lograr un resultado tangible y convencer a la burocracia ecuatoriana de lo absurdo de algunas de las medidas propuestas hay todavía un largo camino. Camino que suponemos se irá poblando de iniciativas como las mencionadas y otras como este video del usuario de YouTube Activista Ecuatoriano:
4 comentarios