Reforma constitucional en Bahamas abordará ciudadanía e igualdad de género

As far back as the 1930s, Bahamian doctor Claudius Roland Walker was an educator, political figure, and patriot who advocated voting reform and women's rights. Photo by Jon Worth, used under a CC BY-SA 2.0 license.

Monumento en Nassau, Bahamas dedicado a Claudius Roland Walker, educador bahameño, figura política y patriota que ya en 1930 abogaba por la reforma electoral y los derechos de las mujeres, una de las áreas que será objeto del actual proceso de reforma constitucional. Fotografía por Jon Worth, usada bajo licencia CC BY-SA 2.0 license.

Por Nicolette Bethel

La Mancomunidad de Bahamas está reformando su constitución de 41 años. Estoy usando el presente continuo porque la reforma es un proceso, uno que comenzó doce años atrás en 2002. En aquel entonces, se realizó un referéndum constitucional que fracasó —las reformas propuestas para la constitución fueron rechazadas por el público en general. Pero la necesidad de reforma ha subsistido y desde 2012 un nuevo referéndum constitucional ha sido inminente.

El principal asunto a tratar es la cuestión de la igualdad entre los sexos en la constitución. El más impactante ejemplo de desigualdad en nuestra constitución es la capacidad diferente entre hombres y mujeres para transmitir la ciudadanía bahameña, pero como ha destacado la más reciente Comisión constitucional, las desigualdades en la actual constitución son diversas. Esta comisión las ha resumido en las siguientes categorías: desigualdad entre hombres y mujeres, entre niños y entre casados y solteros. A estas categorías podemos agregar la desigualdad basada en el lugar de nacimiento. 

Independientemente del último punto de esa lista, la comisión constitucional ha elaborado cuatro proyectos de ley que, si son aprobados por las dos cámaras del parlamento y aceptadas por el público en general, al tratar de eliminar las tres primeras desigualdades harán que los ciudadanos bahameños sean más iguales que los no bahameños.

En otras palabras, las principales desigualdades son las siguientes:  

- Los hombres bahameños casados y las mujeres solteras transmiten su ciudadanía a sus hijos al momento del nacimiento.

- Las mujeres bahameñas no pueden transmitir la ciudadanía a los niños nacidos en el extranjero si están casadas con ciudadanos no bahameños.

- Los padres solteros no pueden transmitir la ciudadanía a sus hijos, ya que la constitución considera que los niños nacidos fuera del matrimonio carecen de padre. 

- A las esposas no bahameñas de los bahameños se les otorga el derecho a la ciudadanía si la solicitan. 

- A los esposos no bahameños de las bahameñas no se les concede ese mismo derecho.

El asunto, sin embargo, se complica debido a otros numerosos requisitos que hacen que la transmisión de la ciudanía de padres a hijos no sea tan directa. Entre los primeros está una cláusula que se ocupa de la institución del matrimonio. Bajo esta cláusula, las madres bahameñas solteras son definidas legalmente como «padres» a los efectos de transmitir su nacionalidad a sus bebés. Esta cláusula en particular también anula la capacidad de los padres bahameños solteros para transmitir la ciudadanía.  

Los cuatros proyectos de reforma de la constitución buscan rectificar la situación. Están diseñados para promover la igualdad para niños, entre hombres y mujeres, y para consagrar el principio de igualdad en la constitución. El primero persigue otorgar a los hijos de hombres y mujeres bahameños el derecho a la ciudadanía al nacimiento. El segundo otorga el derecho a todos los cónyuges de ciudadanos no bahameños a la nacionalidad bahameña. El tercero permite a los padres bahameños transmitir la ciudadanía a sus hijos. Y el cuarto pretende consagrar el principio de igualdad entre los sexos en la constitución agregando la palabra «sexo» a la lista de categorías bajo las cuales la discriminación está prohibida. 

En la superficie, parece una tarea bastante simple. La tarea, sin embargo, se complica por un debate público que se ha centrado principalmente en la cuarta enmienda — el más simple, a su modo, de los cambios propuestos: el agregado del «sexo» a las categorías en las cuales la discriminación está prohibida. 

Las actuales categorías incluyen raza, lugar de origen, opiniones políticas, color, y credo, pero excluyen el sexo. Los opositores a la reforma han interpretado el término «sexo» como relacionado con la orientación sexual, y han ganado terreno ante los ojos del público al sostener que las reformas constitucionales están diseñadas para permitir el matrimonio entre personas del mismo sexo. Si este artículo se reforma, según su relato, los bahameños le estarán dando autorización al gobierno para permitir los matrimonios igualitarios. Estos argumentos complican la adopción del principio de igualdad entre los sexos y hacen que esta cláusula parezca la más controvertida —que también la convierte en la más amenazada a medida que se acerca el referéndum. 

Y hay otras cuestiones de desigualdad que no han sido abordadas. La más notable entre ellas es la cuestión del lugar de nacimiento y su efecto en la concesión de nacionalidad a los niños bahameños. Existen dos elementos en juego aquí. El primero es el hecho que el nacimiento en territorio bahameño no es un camino para obtener la ciudadanía si ninguno de los padres es bahameño. A lo máximo que una persona nacida en las Bahamas tiene derecho es a ser registrado como ciudadano solicitándolo cuando alcance la edad de 18 años.

El segundo, y más difícil desafío, es la clase de ciudadanía que es otorgada si uno nació en el extranjero de padres bahameños. Una peculiaridad de la actual constitución que no sido incluida en la reforma, es que los niños nacidos de padres bahameños en el exterior, incluso si ellos están clasificados como ciudadanos no tienen el derecho automático a transmitir la nacionalidad a sus propios hijos. En otras palabras, los hijos de los bahameños que estén estudiando o trabajando en el exterior o que den a luz en otros países por razones de salud, pueden ser clasificados como ciudadanos bahameños. Sin embargo, si estos últimos tienen niños fuera de las Bahamas, estos niños no son bahameños por nacimiento, y no tienen derecho a reclamar la ciudadanía bahameña de ninguna manera.

El asunto es complejo, y la mayoría de los bahameños no son conscientes de esta cláusula. La mayor parte de la discusión relacionada a la ciudadanía y nuestra constitución se centra en la próxima generación — en nuestros hijos. No han pensado aún en nuestros nietos. Lo que la actual situación asegura, sin embargo, es que ninguno de nosotros, cualquiera sea el resultado del referéndum y cualesquiera sean las reformas introducidas en la constitución, puede estar seguro que nuestros nietos serán bahameños por nacimiento. 

Permítame traer este tema a mi hogar. En mi familia, tengo primos que nacieron en el extranjero porque sus padres bahameños estaban estudiando en el Reino Unido en la época de su nacimiento. Son bahameños. Sus hijos, sin embargo, a menos que hayan nacido en Bahamas, no lo son. 

De manera similar, tengo un sobrino que, de nuevo, nació en Canadá cuando su padre bahameño estaba estudiando. Él es bahameño pero sus hijos, salvo que nazcan en Bahamas, no lo serán. 

Finalmente, tengo otro primo joven que nació en Miami mientras sus padres estaban recibiendo tratamiento médico para su hijo mayor. Ese primo, aunque ambos padres sean ciudadanos, no podrán transmitir su nacionalidad a menos que sus niños nazcan en Bahamas.

Y ni siquiera se ha comenzado a considerar la cuestión de la situación legal de muchos niños de inmigrantes indocumentados (la mayoría de ellos de origen haitiano) en Bahamas. La mayoría de estos niños actualmente no tienen status de nacionales en absoluto. Esta es una situación que debe atenderse, pero que no ha sido objeto del presente referéndum.  

Tan crítica es la cuestión de la ciudadanía que un informe de 2013 sobre la constitución recomendó la designación de una segunda comisión que se ocupara exclusivamente del asunto de la apatridia en Bahamas, ya que los miembros de la primera consideraron que no podían brindarle al tema la atención necesaria. Aún no se ha tomado ninguna medida al respecto.

Las enmiendas constitucionales llevan un largo retraso. Podrían contribuir a la igualdad otorgando la ciudadanía bahameña a los niños y eliminar la distinción entre hombres y mujeres, casados y solteros, que existe actualmente. Pero este es sólo el comienzo. Problemas serios de desigualdad persisten y el clima que rodea a las discusiones acerca del referéndum se ha plagado de falacias. La interpretación popular según la cual el agregado del término “sexo” a las categorías donde la discriminación está prohibida es la adhesión al matrimonio del mismo sexo opera en la homofobia profundamente consolidada en la sociedad bahameña. Pero esto también es preocupante por otra razón: es completamente posible que se relacione con la homofobia sólo tangencialmente, y es de hecho una jugada estratégica para hacer campaña por una misoginia prevista en la constitución sin reconocerlo abiertamente. 

Nicolette Bethel es una profesora, escritora y antropóloga bahameña. Fue Directora de Cultura en Bahamas, y ahora se desempeña como catedrática a tiempo completo de Ciencias Sociales en la Universidad de Bahamas. Ella bloguea en Blogworld y tuitea en @nicobet.

1 comentario

  • Priscila Aponte

    Buenas noches… Gracias por permitir un espacio para las dudas!
    Soy dominicana, tengo a la fecha 35 años de edad, (24/4/1981) nacida y criada en mi país, República Dominicana…
    Mi madre era dominicana al igual que yo (fallecida).
    Mi padre biológico es de nacionalidad de Las Bahamas, el sabe de mi existencia pero nunca ha querido reconocerme como tal, a pesar de que sabe de mi existencia… Que parte de los derechos de mi padre biológico como un nacional de LAS BAHAMAS me corresponderían a mi, y como seria posible en caso positivo???
    Espero su respuesta via E mail… Gracias

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