La protección de datos personales en Argentina es un proceso inconcluso

Cloud Computing - Photo by Quinn Dombrowski on Flickr. (CC BY-NC-SA 2.0).

Cloud Computing – Foto de Quinn Dombrowski en Flickr. (CC BY-NC-SA 2.0).

La abogada argentina Valeria Milanés, en un artículo para la Revista Online Digital Rights: Latin America & The Caribbean, No. 21., indica que a pesar que EE. UU. es un referente mundial en procesamiento de datos, no solo no cuenta con legislación sobre protección de datos personales, sino que es considerado como «de nivel inadecuado de protección conforme parámetros nacionales e internacionales».

Desafortunamente, en Norteamérica y en otros países, el avance de la tecnología supera al legal. Milanés explica el caso de Argentina, y menciona a la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales y la Ley de Datos Personales (Leyes 25.326 y 26.343) que es considerada entre las «más avanzadas en el tema de protección de datos». El problema yace en su cumplimiento:

en 2012, y luego de doce años de funcionamiento, la D.N.P.D.P. tenía registradas 20.000 bases de datos, contra 1.600.000 que tenía registradas a la misma fecha y en similar plazo la Agencia Española de Protección de Datos.

Milanés opina que el cloud computing plantea nuevos desafíos:

las grandes empresas multinacionales prestadoras de los servicios de nube pública se caracterizan por utilizar contratos de adhesión, que por lo general no contienen las especificaciones requeridas en la ley 25.326 y en los que hasta la ley aplicable y jurisdicción prefijada corresponde al país en los que estas empresas tienen sus domicilios legales –por lo general, ciudades de Estados Unidos–. Es más, inclusive los servidores en los que se almacena la información pueden no encontrarse en Argentina.

Así, la experiencia argentina no marcha alejada de otros paises en la región, quienes a pesar de tener leyes que protegen los datos personales de las personas naturales y jurídicas, aún les queda un largo camino por recorrer.

Milanés concluye que «el desarrollo de acciones que hagan efectiva la implementación y cumplimiento de las normativas vigentes y la adopción de prácticas empresariales responsables y cuidadosas, que permitan preservar con la mayor extensión posible las garantías de privacidad y seguridad de los datos personales».

2 comentarios

  • Felicitaciones Valeria Milanés, muy buen artículo, conicido contigo. saludos. Matilde Martínez.

  • Luciano

    Valeria Milanés no está en lo cierto con el número de bases registradas. No solo le erra al número sino que en Argentina se registran responsables de bases de datos (que pueden luego tener muchas bases a su cargo). Por ello, el número, que es desactualizado, de entrada hay que multiplicarlo por 3 (aproximadamente).
    También erra al decir que la experiencia Argentina no está alejada de otros países de la región. Muchos de ellos, Chile y Brasil por ejemplo, no tienen ni siquiera ley sobre el tema (mucho menos adecuación con Europa). Eso es mucha distancia!

Únete a la conversación

Autores, por favor Conectarse »

Guías

  • Por favor, trata a los demás con respeto. No se aprobarán los comentarios que contengan ofensas, groserías y ataque personales.