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Tribunal Supremo de México aprueba uso recreativo de la marihuana… para cuatro personas

Categorías: Latinoamérica, Estados Unidos, México, Derecho, Guerra y conflicto
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Cultivo de Marihuana. Imagen de A7nubis utilizada con licencia CC.

Actualización (5 noviembre de 2015): La Suprema Corte de Justicia de la Nación [1] (SCJN) órgano máximo del Poder Judicial en México, aprobó el proyecto de resolución presentado por el Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea [2] que declara inconstitucionales ciertos artículos de la Ley General de Salud en el país, permitiendo así que cuatro personas puedan recibir permiso para sembrar y consumir cannabis o marihuana para su uso personal.

La discusión del proyecto de Zaldívar se dio en el seno de la Primera Sala de la Corte, en una sesión privada.  El diario La Jornada [3] explicó así algunos detalles del fallo:

La sentencia, que se oficializará en sesión pública, declara la inconstitucionalidad de los artículos 235, 237, 245, 247 y 248 de la Ley General de Salud, en las porciones que establecen una prohibición para que la Secretaría de Salud emita autorizaciones “para la realización de los actos relacionados con el consumo personal con fines recreativos (sembrar, cultivar, cosechar, preparar, poseer, transportar) exclusivamente el estupefaciente cannabis (su resina, preparados y semillas) y el psicotrópico THC que en conjunto son conocidos como mariguana.

Esta resolución no significa que la marihuana o «mota» ―como se le conoce vulgarmente en México― podrá ser sembrada legalmente por cualquier persona, ya que un fallo de la SCJN no implica una reforma inmediata a las leyes prohibitivas que siguen en vigor.  Por lo pronto los efectos de la sentencia de la Corte beneficiarán únicamente a las personas que promovieron el juicio de amparo.

Este caso sienta un precedente en la historia de México y abre las puertas para su legalización.

El periodista Carlos Puig resumió así [4] el proyecto del ministro Zaldívar Lelo de Larrea [2]:

El proyecto del Ministro Zaldívar al amparo 237/2014 propone a la Primera Sala declarar inconstitucionales “los artículos 235, 237, 245, 247 y 248, todos de la Ley General de Saludo en las porciones que establecen una prohibición para que la Secretaría de Salud emita autorizaciones para la realización de los actos relacionados con el consumo personal con fines recreativos (sembrar, cultivar, cosechar, preparar, poseer, transportar), en relación únicamente y exclusivamente con el estupefaciente ‘cannabis’ (sativa, índica y americana o mariguana, su resina, preparados y semillas) y el psicotrópico THC”.

En castellano: no debe ser delito sembrar mariguana en nuestro jardín para nuestro consumo.

La discusión del proyecto programada para mediados de octubre de 2015 fue postergada [5] y se realizó el 4 de noviembre en presencia de todos los Ministros de la Primera Sala, quienes votaron a favor de lo planteado por Zaldívar, excepto uno de ellos.

El punto medular del proyecto de Zaldívar [6] ―quien forma parte de la Primera Sala de la SCJN― hace alusión a la libertad personal para decidir si uno consume la hierba o no:

Con todo, debe enfatizarse que esta Primera Sala no minimiza los daños que puede ocasionar la marihuana en el consumidor mayor de edad, sin embargo, entiende que la decisión sobre su uso sólo le corresponde tomarla a cada individuo. Así, este Alto Tribunal considera que pertenece al estricto ámbito de la autonomía individual protegido por el derecho al libre desarrollo de la personalidad la posibilidad de decidir responsablemente si desea experimentar los efectos de esa sustancia a pesar de los daños que esta actividad puede generarle a una persona.

Y concluye:

Al declararse por parte de este Alto Tribunal la inconstitucionalidad de las disposiciones de la Ley General de Salud antes señaladas y, en consecuencia, permitírsele a los recurrentes recibir una autorización por parte de la Secretaría de Salud para realizar todas las actividades necesarias para el uso lúdico de la marihuana, al realizar éstas los recurrentes no incurrirán en los delitos contra la salud previstos tanto por la propia Ley General de Salud como por el Código Penal Federal.

Este planteamiento ha generado una serie de opiniones entre la ciudadanía, sobre las cuales escribió Ernesto López Portillo [7]:

Con la mariguana sucede como con el fútbol, todo mundo tiene una opinión que considera mejor a la de los otros, sepa o no sobre el asunto. Quien nunca, alguna o muchas veces le ha pegado al balón de pronto siente que puede corregir la estrategia del mejor director técnico del mundo; o quien jamás, alguna o muchas veces ha usado la mariguana, igualmente suele ir por el mundo señalando cuál debe ser la política pública en materia de drogas.

Lisa Sánchez, para el portal The Mexican Times [8], se ha manifestado a favor del proyecto, explicando así su relevancia:

Pero ¿cuál es la importancia de este fallo y por qué debe aprobarse? En primer lugar, porque el proyecto constituye una oportunidad de oro para introducir la perspectiva de Derechos Humanos a la política de drogas y reconocer que la prohibición somete innecesariamente a las personas a un régimen punitivo que impide el pleno ejercicio de sus derechos. En segundo lugar, porque el análisis jurídico presentado por el Ministro Zaldívar reconoce la obligación del Estado de garantizar salud pública al tiempo en que delimita su capacidad de interferir con la vida privada de los individuos, tratándolos como adultos.

En las redes sociales como Twitter, el debate sobre el tema no se pospone y se da constantemente.  Por ejemplo, la usuaria Catalina Hernández se ha pronunciado en contra del proyecto:

En un sentido similar se ha expresado Kique Hemphille:

El jurista Fabián Aguinaco ha compartido comentarios similares al proyecto de Zaldívar, en relación a la libertad de decidir:

El actor Luis Gerardo Méndez compartió el siguiente mensaje entre sus seguidores:

La guerra a la que se refiere Méndez es la estrategia de combate a la delincuencia organizada, emprendida por parte del gobierno mexicano [14] desde finales del año 2006, misma que ha resultado en un conflicto armado interno con decenas de miles de personas muertas y otras tantas desaparecidas.  En el marco de dicho conflicto, la decisión que tome la SCJN será trascendental para la evaluación de leyes y políticas públicas en el tema de narcóticos, ello considerando que en Estados Unidos distintas entidades han ido despenalizando el consumo de la marihuana.

¿Estará la SCJN a la altura de las circunstancias o prevalecerá el anticuado enfoque prohibicionista y punitivo que llevó a la guerra en el primer lugar?