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Suprema Corte en México valida retención de metadatos y geolocalización de Ley Telecom

Categorías: México, Derechos humanos, Libertad de expresión, Privacidad, Tecnología, Vigilancia, GV Advox
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Imagen tomada de Pixabay bajo licencia Creative Commons de Dominio Público.

Así anunció la decisión de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de México de ratificar que es constitucional que las empresas de telecomunicaciones conserven un registro de las comunicaciones privadas de los usuarios por un lapso de dos años según lo estipulado por la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (Ley Telecom) [4] aprobada en 2014. Con ello, se avala la retención indiscriminada de metadatos [5] y las facilidades para que las autoridades usen la geolocalización [6] en tiempo real de dispositivos móviles. Todo lo anterior, de acuerdo R3D: Red en Defensa de los Derechos Digitales [7], coloca en riesgo la privacidad y seguridad de la ciudadanía.

Durante los primeros meses de 2014, antes de que la ley telecom fuera publicada, se realizaron varias protestas en contra de diversos artículos que formaban parte de la propuesta de ley en la materia. Entre ellas, la marcha #NoMasPoderAlPoder [8]y la cadena humana [9]que cubrió 7 kilómetros de la capital mexicana, así como la campaña de activismo digital #EPNvsInternet [10] e incluso organizaciones internacionales, activistas y escritores emitieron un pronunciamento [11] en contra del proyecto de ley telecom. Tales muestras de inconformidad lograron que la mayor parte de las disposiciones controversiales no se incluyeran en la versión final de la ley. No obstante, la ley telecom se promulgó con los artículos 189 y 190 [12] y sus fracciones relativas a la retención de datos y geolocalización en tiempo real. Razón por la cual la Red en Defensa de los Derechos Digitales promovió el recurso de amparo [13] en su contra.

Después de posponer el debate por dos semanas, la Corte finalmente resolvió, este 4 de mayo de 2016, negar el recurso de amparo, [13]validando así los artículos 189 y 190 [12]. Sin embargo, de acuerdo con el propio comunicado de prensa [14] de R3D, la batalla en defensa de la privacidad está lejos de concluir:

[…] en los próximos meses demandaremos al Estado Mexicano ante la Sistema Interamericano de Derechos Humanos con el objetivo de revertir este grave atentado contra la privacidad y seguridad de todas y todos los mexicanos.

Si bien, tal como lo señala la R3D, aún faltan por conocerse los detalles de la sentencia de la Corte, todo parece indicar que la justicia internacional, en particular la Corte Interamericana de Derechos Humanos [15], tendrá la última palabra respecto al tema.