Supremo Tribunal de Justicia de Brasil falla a favor de Google y en contra del «derecho al olvido»

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El Supremo Tribunal de Justicia de Brasil (STJ) resolvió por unanimidad que el “derecho al olvido” no puede ser impuesto a Google y a otros buscadores.

Según la relatora judicial Nancy Andrighi, el fallo declaró que obligar a los buscadores a actuar como jueces ante solicitudes de eliminación de enlaces y a quitar ciertos enlaces de los resultados de búsqueda significaría atribuir demasiada responsabilidad a los motores de búsqueda, convirtiéndolos efectivamente en censores digitales.

We can't interfere with the search engine otherwise we will lose the context of the information. We can't establish the responsibility of this provider. The presence [of the content] will remain, but when this provider links to the place where the photos are, then this other provider will bear the responsibility.

No podemos interferir con el buscador porque de lo contrario perderemos el contexto de la información. No podemos establecer la responsabilidad del proveedor. El contenido seguirá presente, pero cuando un proveedor enlace a un lugar donde están las fotografías, entonces este otro proveedor será responsable.

No se ha difundido públicamente información sobre el caso puesto que tramita bajo secreto de sumario. 

La resolución se opone al fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que en 2014 estableció que los buscadores son responsables de desindexar los resultados de búsqueda cuando un individuo pueda reclamar con éxito el “derecho al olvido”, o el derecho a que se elimine la información “antigua o irrelevante” sobre su persona de los resultados de los buscadores. La norma ha sido objeto de controversia en la UE y en otros lugares, particularmente en casos donde figuras públicas han pretendido que se elimine información sobre ellas de los resultados de búsqueda, en lo parece un intento por mejorar su imagen pública.

Aunque la ley le ha brindado a muchos un conveniente escudo del escrutinio público por temas como infracciones de tránsito o deudas que pueden aparecer en registros públicos, también plantea interrogantes fundamentales acerca del acceso a la información sobre actividades de empleados del gobierno y de otras figuras públicas influyentes.

El año pasado, el Supremo Tribunal Federal de Brasil (STF) también falló a favor de Google en un proceso iniciado por la legendaria presentadora de televisión Maria das Graças Meneghel, conocida como “Xuxa”. A principios de la década de 1980, antes de su ascenso a la fama, la conductora actuó en una película en la que su personaje mantenía relaciones sexuales con un menor de 12 años. Xuxa demandó a Google solicitando que el buscador ocultara todos los resultados que la asociaban con dicho film.

Según una investigación informal realizada por un periódico brasileño, en casi un tercio de los casos de difamación en línea en Brasil, los tribunales federales resuelven en favor del derecho a eliminar de internet la información que asocie a la parte interesada con hechos difamatorios u ofensivos, o con un delito del que la persona resultó absuelta.

El Supremo Tribunal Federal de Brasil — una instancia superior al STJ — pronto deberá resolver en otro caso sobre derecho al olvido que involucra a TV Globo,la principal cadena de televisión de Brasil. La causa fue iniciada por los familiares de Aida Cury, una joven de 18 años que fue brutalmente violada y asesinada en 1958, un caso que jamás se resolvió. En 2008 TV Globo transmitió una historia basada en el caso. Los familiares demandaron a la cadena, argumentando que la historia “desenterró una época dolorosa para la familia” y sus abogados invocaron la tesis del “derecho al olvido”.

La discusión es diferente en ambos casos. Mariana Cunha e Melo, abogada del estudio que representa a Google, le dijo a Global Voices: “En el caso del fallo del STF, la discusión es de fondo: ¿tiene una persona el derecho a prohibirle al público hablar de ciertos hechos? En el caso del fallo del STJ, la discusión es más de procedimiento: ¿Está una persona legitimada para solicitar directamente a un buscador la eliminación de contenidos?”.

Ambas decisiones, la del STJ y la pendiente del STF en este caso en particular, establecerán un precedente fundamental para el resto de los tribunales que tengan que resolver en casos similares en Brasil.

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