Nuevas leyes socavan libertad de expresión y prensa en Mozambique

Muestra de periódicos de Mozambique | imagen de Dércio Tsandzana y usada con autorización del autor, 23.de agosto de 2018

Desde octubre de 2017, Mozambique enfrenta actos de terrorismo en el norte del país, sobre todo en la provincia de Cabo Delgado. No se conocen las razones para que ocurran esas acciones, aunque algunos asocian cuestiones de pobreza y hasta de religión omo las causas centrales.

Según el portal ‘Cabo Ligado’, además de víctimas humanas, los actos de vinolencia y barbaridad en Cabo Delgado ha causaron más de 2000 muertes, además de dos millones de desplazados internos. Por esa situación, surge igualmente el debate en torno al acceso a la información en tiempos de conflicto. Además de que es cada vez más complicado tener información sobre lo que sucede en Cabo Delgado, existe un problema de seguridad de los propios periodistas.

Uno de los casos emblemáticos es el de Ibrahimo Mbaruco, periodista que desapareció en 2020, cuando trabajaba cerca de la zona del conflicto. Mbaruco desapareció el 7 de abril de ese año, después de haber sido cercado por militares, tal como él mimos comunicó s sus familiares. Mientras tanto, dos anos después, las autoridades siguen en silencio.

Se sabe que el Gobierno había intentado otras acciones para controlar cómo se difunde la información sobre terrorismo en el país. Por ejemplo, en noviembre de 2020, el presidente mozambiqueño, Filipe Nyusi, desafió a las Fuerzas Armadas Mozambiqueñas (FADM) a restaurar la normalidad en zonas del país afectadas por conflictos. Específicamente, atacó el uso de redes sociales por difundir desinformación sobre Cabo Delgado.

Más de tres años después, Mozambique se prepara para introducir nuevas leyes [ley de represión, combate y prevención del terrorismo y acciones conexas] que buscan combatir la propagación de información considerada como falsa sobre el terrorismo en el país.  A pesar de que estas leyes se consideran oportunas, existe inquietud en la clase de los medios. Al respecto, MISA-Mozambique, entidad regional de defensa de libertad de prensa, ya había denunciado fallos en las intenciones del Gobierno de aprobar la legislación:

Apesar de um instrumento oportuno e cuja aprovação ampliará a salvaguarda da soberania nacional, esta proposta emendada da lei contempla disposições que colidem com a Constituição da República e demais legislação, especialmente no capítulo das Liberdades de Expressão e de Imprensa.

O número 1 do artigo 19 do instrumento legal refere que “aquele que por qualquer meio, divulgar informação classificada no âmbito da presente Lei, é punido com a pena de prisão de 12 a 16 anos.” Esta disposição reveste-se, em si, de injustiça, ao penalizar o jornalismo assim como os cidadãos em geral, e não a quem tem o dever de salvaguardar o “Segredo de Estado”, no caso, o servidor ou funcionário público detentor de tal informação classificada.

O número 2 do mesmo artigo refere que aquele que intencionalmente difundir informação segundo a qual um acto terrorista foi ou é susceptível de ser cometido, sabendo que a informação é falsa é punido com a pena de prisão de 8 a 12 anos. Esta disposição apresenta-se bastante subjectiva e passível de diversas interpretações quanto à noção de “falsidade” da informação veiculada sobre uma presumível acção terrorista. De facto e objectivamente, a veracidade de informações de um presumível acto terrorista é verificável.

A pesar de ser un instrumento oportuno y cuya aprobación ampliará la protección de la soberanía nacional, este proyecto de ley enmendado contempla disposiciones que entran en conflicto con la Constitución de la República y otras legislaciones, especialmente en el capítulo sobre libertad de expresión y prensa.

El artículo 19(1) de la norma establece que «quien, por cualquier medio, revele información clasificada bajo esta ley, será castigado con prisión de 12 a 16 años». Esta disposición es injusta, ya que penaliza al periodismo y a los ciudadanos en general, y no a quienes tienen el deber de salvaguardar el «Secreto de Estado», en este caso, el funcionario o servidor público que posee dicha información clasificada.

El apartado 2 del mismo artículo establece que quien difunda intencionadamente información según la cual se ha cometido o es probable que se cometa un acto terrorista, a sabiendas de que la información es falsa, será castigado con penas de prisión de 8 a 12 años. Esta disposición es bastante subjetiva y está sujeta a varias interpretaciones en cuanto a la noción de «falsedad» de la información difundida sobre un presunto acto terrorista. En realidad, objetivamente, la veracidad de la información sobre un presunto acto terrorista es verificable.

Después de esto es que el Parlamento cambió mínimamente la redacción del texto de uno de los artículos, que pasó a ser:

Aquele que, por dever legal, tiver custódia ou sendo funcionário ou agente do Estado aceder à informação classificada por qualquer meio a divulgar, no âmbito da presente Lei, é punido com a pena de prisão de 12 a 16 anos.

Quien, por deber legal, tenga la custodia o sea empleado o agente del Estado, tenga acceso a información clasificada por cualquier medio que deba divulgarse, en el ámbito de esta ley, será castigado con pena de prisión de 12 a 16 años.

Sin embargo, a pesar de que MISA-Mozambique elogia el cambio, sigue habiendo un ambiente sombrío en algunas partes de la misma ley:

Embora a redacção desta norma tenha evoluído, a mesma ainda manifesta sinais de alguma ambiguidade que podem resvalar na violação dos direitos e liberdades dos funcionários públicos, na medida em que não só criminaliza aquele que tem o dever legal de custódia ou de guardar a informação classificada, o que é compreensível, mas também qualquer funcionário ou agente do Estado.

Tal norma não é razoável, uma vez que este funcionário ou agente pode não estar sujeito a obrigação legal de custódia de informação classificada ou sequer saber que a informação que acedeu, por qualquer, meio é classificada. Esse rigor de custódia não deve ser generalizado a todos os funcionários ou agentes do Estado.

Aunque la redacción de esta norma ha evolucionado, todavía presenta indicios de cierta ambigüedad que pueden llevar a la violación de derechos y libertades de los funcionarios públicos, ya que criminaliza a quien tiene el deber legal de guardar la información clasificada, lo que es comprensible, y también a cualquier funcionario o agente del Estado.

Dicha norma no es razonable, ya que este empleado o agente puede no estar sujeto a una obligación legal de custodia de la información clasificada o siquiera saber que la información a la que ha accedido, por cualquier medio, es clasificada. Este rigor en la custodia no debe generalizarse a todos los empleados o agentes del Estado.

Estado general de libertad de prensa en Mozambique

Según Reporteros sin Fronteras, organización que vigila la libertad de prensa en el mundo, un número importante de medios en Mozambique están controlados directa o indirectamente por las autoridades o miembros del partido gobernante Frente de Liberación de Mozambique (Frelimo), lo que dificulta considerablemente su independencia. Se supone que la libertad y la independencia del periodismo están garantizadas por la Constitución, la ley de prensa y el derecho a la información. Pero la legislación se aplica mal en un contexto marcado por un creciente autoritarismo y un acceso a la información cada vez más difícil.

En la clasificación general de la libertad de prensa en 2022, Mozambique ocupa el puesto 116 (de 180). Según Reporteros sin Fronteras, en los últimos años ha aumentado la retórica hostil y las agresiones contra periodistas (en 2021 hubo doce). Para Reporteros sin Fronteras, es casi imposible que los periodistas entren en el norte del país sin riesgo de ser detenidos.

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