
Inundaciones en la ciudad de Gandakha, Baluchistán, Pakistán, 2022. Imagen vía Hippopx.com. Imagen libre de regalías.
“Me dijeron que no lo hiciera”. El 10 de diciembre de 2025, entrevistamos a Muhammad (es un seudónimo) por teléfono, que nos tranquilamente. La frustración es evidente mientras explica que debe volver a comparecer ante el juzgado por una petición que presentó hace casi diez años contra la ilegal deforestación en su pueblo. Cuando le preguntamos si cree que el juzgado resolverá a su favor, hace una pausa. “Solo quiero que resuelvan mientras yo esté con vida”.
Muhammad recurrió a los juzgado de Pakistán con la esperanza de proteger su derecho constitucional a un ambiente limpio y sano, derecho que ha recibido cada vez más reconocimiento en las cortes del país mientras los desastres climáticos se intensifican en todo el país.
En los últimos 20 años, las cortes superiores de Pakistán han elaborado una jurisprudencia sobre cambio climático que ahora se cita en todo el mundo. Este recorrido comenzó con el caso emblemático de Shehla Zia, en el que la Corte Suprema interpretó el artículo 9 de la Constitución de Pakistán para incluir el derecho a un ambiente saludable. Diez años después, esta base se vio reforzada en el caso de Asghar Leghari versus Federación de Pakistán, cuando la Corte Superior de Lahore sostuvo que “el ambiente y su protección ha tomado la escena central en el ámbito de nuestros derechos constitucionales”.
En mayo de 2025, el tribunal de Abbottabad de la Corte Superior de Peshawar emitió una enérgica resolución que critica al Gobierno y a la Agencia de Protección Ambiental por no lograr proteger los frágiles ecosistemas de montañas. En una acción significativa, la corte fue más allá de los asuntos tradicionales de contaminación del aire y sonora, y enfatizó la necesidad mayor conservación del ambiente natural.
Además de esas novedades judiciales, el Parlamento ha tomado medidas para consolidar la protección ambiental en una ley fundamental, sobre todo el artículo 9A, que entró en vigencia con la vigésima sexta enmienda constitucional. Si se juntan, estos cambios ofrecen una imagen cautelosamente optimista en una realidad climática sombría.
Sería un error ver los juzgados como motores omnipotentes de justicia climática. Para entender qué puede lograr y no puede lograr el Poder Judicial de Pakistán, es necesario situar a los juzgados dentro de las limitaciones sociales, financieras e institucionales del país. Eso revela las graves brechas que siguen limitando la capacidad de los juzgados de impartir importante justicia climática.
Según un informe del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente publicado en octubre de 2025, los litigios por el clima en todo el mundo enfrentan barreras estructurales, procedimentales y financieras. Como resultado, depende mucho de fuertes redes de la sociedad civil, una cultura de litigación de interés público y acceso a conocimiento legal especializado. En Pakistán, esos prerrequisitos siguen ausentes.
En entrevista telefónica con Global Voices, Abira Ashfaq, defensor y profesor asociado de prácticas de la Universidad Habib, señala que la reducción del financiamiento de las ONG y la falta de apoyo financiero sostenido a la litigación de interés público implica que muy pocos procesos ambientales llegan a las cortes ambientales establecidos para atender esos litigios.
Aunque los casos llegan hasta esas instancias, a menudo tienen dificultades para sobrevivir el lento ritmo de los procesos judiciales. Muhammad reconoce que solo con el apoyo de una ONG local —que cubrió los gastos de litigación— pudo iniciar su caso judicial. Además, le preocupa que los limitados recursos de la organización no puedan cubrir el alcance de los intereses, sobre todo porque la financiación para la sociedad civil sigue disminuyendo.
Otro obstáculo estructural es la limitada integración del derecho ambiental y climático en la profesión legal de Pakistán. En entrevista por Zoom con Global Voices, Rafay Alam, uno de los principales abogados especializados en ambiente del país, explica que el derecho climático sigue confinado a un pequeño círculo de profesionales.
“El derecho climático que ha surgido de los juzgados en los últimos 20 o 25 años viene de una especie de pequeña familia”, dice Alam. “No se ha extendido más allá de personas que han mostrado interés personal”.
Como resultado, el número de abogados dispuestos a aceptar casos relacionados con el clima, así como de jueces que han dictado sentencias relacionadas con el clima, sigue siendo reducido. La educación jurídica refleja esta brecha. El derecho ambiental se imparte en muy pocas universidades, y la mayoría cobra tasas elevadas que ponen estos programas fuera del alcance de muchos estudiantes de ingresos medios y bajos. Esto ha concentrado aún más los conocimientos especializados en derecho climático en un grupo muy cerrado.
Las consecuencias son visibles en los propios juzgados ambientales. Aunque los jueces suelen conocer las resoluciones relevantes —como la ley de protección de ambiental de Jaiber Pajtunjuá de 2014—, a muchos les falta una exposición sostenida de ciencia climática y los cambiantes principios de derecho ambiental. A su vez, esto restringe la capacidad institucional judicial de desarrollar jurisprudencia climática con visión de futuro.
Estas dificultades se agravan más en los casos de grandes proyectos de infraestructura financiados por bancos multilaterales de desarrollo. Ashfaq señala que los marcos de salvaguardias ambientales y sociales impuestos por prestamistas como el Banco Asiático de Desarrollo y el Banco Mundial son, en algunos aspectos, más detallados que las leyes ambientales nacionales de Pakistán.
«Sin embargo, aunque los bancos afirman mantener elevados parámetros, en última instancia se centran en aprobar proyectos y no ven con buenos ojos los obstáculos que podría presentar un tribunal ambiental plenamente operativo», explica.
Como resultado, en los proyectos financiados por los bancos multilaterales de desarrollo, la capacidad de intervención de los tribunales suele verse limitada, lo que a su vez debilita su capacidad para generar una jurisprudencia climática significativa.
A nivel mundial, los litigios relacionados con el clima están aumentando. Entre 1986 y 2025, los casos originados en los países en desarrollo representaron menos del 10% de todos los litigios relacionados con el clima en todo el mundo, aunque esta proporción está aumentando constantemente. Para Pakistán, uno de los países más vulnerables al clima del mundo, la necesidad de contar con un Poder Judicial capaz de responder a los complejos daños climáticos es especialmente aguda.
El cambio climático ha creado una necesidad urgente de que los juzgados nacionales amplíen su función tradicional de resolver disputas entre dos partes identificables. Rafay Alam destaca esto cuando analiza los retos que plantea la consecución de la justicia climática a través de los tribunales.
«En última instancia, ¿qué puede hacer un tribunal de justicia con respecto al cambio climático?», pregunta Alam. «¿Puedo presentar una petición judicial contra el monzón?».
El sistema jurídico de Pakistán está diseñado para resolver disputas entre partes identificables, un marco poco adecuado para la naturaleza difusa y sistémica del cambio climático. La reciente aprobación de la vigésima sétima enmienda a la Constitución ha complicado aún más el acceso a la justicia climática para los pakistaníes. La enmienda estableció una corte constitucional federal para juzgar asuntos de interés público, función que antes estaba reservada a la Corte Suprema. Aún está por determinar qué significa la enmienda para la justicia climática en Pakistán. Sin embargo, los críticos de la enmienda señalan que la creación de la corte constitucional federal y la creciente influencia del Poder Ejecutivo sobre el Judicial han comprometido gravemente los controles y equilibrios judiciales en el país. Si el caso Leghari contra la Federación se llevara hoy ante el Corte Constitucional, es probable que el resultado hubiera sido muy diferente.
Por lo tanto, enfrentar la crisis climática exige replantearse los modelos económicos y de desarrollo, y también llevar a cabo reformas institucionales, incluso dentro del propio Poder Judicial. Si los juzgados de Pakistán quieren desempeñar un papel significativo para promover la justicia climática, deben contribuir a eliminar las barreras financieras y estructurales que impiden a las comunidades vulnerables acceder a la justicia y reforzar su capacidad para actuar como un eficaz control constitucional en una época de riesgos climáticos cada vez mayores.






